De acuerdo con la reforma a la Ley Federal del Trabajo en año 2019, se introduce como eje fundamental que la justicia laboral, mima que será impartirá por órganos del Poder Judicial ya sea de la Federación o locales, según la competencia de la instancia. En este contexto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha señalado que este Nuevo Sistema de Justicia Laboral deberá atender los principios procesales de concentración y celeridad que rigen el procedimiento

De acuerdo con las Reforma Constitucional de 2017 y de la Ley Federal del Trabajo en 2019, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha señalado que existen vías procesales efectivas para garantizar los Derechos Humanos mediante los principios del Nuevo Sistema de Justicia Laboral.

Medida cautelar señalada en el Código Nacional de Procedimientos Penales, en este contexto la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que los órganos jurisdiccionales pueden pronunciarse sobre la prolongación o cese de la prisión preventiva decretada en un proceso penal cuando esta medida ha rebasado el plazo razonable

En las reformas al artículo 123 Constitucional y de la Ley Federal del Trabajo se introduce como eje fundamental que la justicia laboral se impartirá por órganos del Poder Judicial ya sea de la Federación o locales, según la competencia de la instancia. En este contexto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha señalado que este Nuevo Sistema de Justicia Laboral deberá atender los principios procesales de concentración y celeridad que rigen el proceso.

Mediante decreto publicado el 24 de febrero de 2017 en el Diario Oficial de la Federación, el Congreso de la Unión reformó y adicionó algunas disposiciones de los artículos 107 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con la finalidad de generar una profunda transformación del sistema judicial laboral. Lo anterior ante la necesidad de un nuevo sistema en el que se prioricen los derechos humanos particularmente en materia de trabajo, lo que permitirá subsanar deficiencias del sistema anterior.

El Juicio de Amparo es un medio jurisdiccional reconocido en la Constitución Política en los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley de Amparo. En este sentido, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación considera que para promover un Juicio de Amparo en materia Ambiental depende de la especial situación que guarda la persona o comunidad con el ecosistema que se estima vulnerado, particularmente con sus servicios ambientales.

De acuerdo con los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien ha señalado que los actos realizados con violación de derechos humanos serán nulos y no pueden ser saneados ni convalidados como medida de protección a los Derechos Humanos. Lo anterior en concordancia con la que se ha establecido en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

De acuerdo con los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de la Ley de Amparo respecto al procedimiento de cumplimiento y ejecución de sentencias, establece que las ejecutorias de amparo deben ser puntualmente cumplidas, así como los efectos que causa dicho acto procesal. Además, prevé que a través de esta norma el juicio de amparo sea un medio judicial eficaz para la protección de los Derechos Humanos.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación señaló que los adultos mayores constituyen un grupo vulnerable que merece especial protección por parte del Estado. En este sentido es imperante analizar sentencias relevantes resueltas por el Alto Tribunal en materia de Derechos Humanos en especial de este grupo vulnerabilizado.


De acuerdo con los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación señalan que la rendición del informe justificado es el acto procesal que es realizado por la autoridad responsable de forma obligatoria y que tiene como objetivo que las autoridades respondan a la demanda de amparo.

De acuerdo con los criterios jurisprudenciales y doctrinales establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se han determinado importantes pautas de interpretación sobre la figura jurídica de la Suspensión, especialmente a partir de las reformas a la Ley de Amparo y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

El Juicio de Amparo es un medio jurisdiccional protector de los Derechos Humanos reconocidos en la Constitución y en los Tratados Internacionales de los que México sea parte. En este sentido la Ley de Amparo establece que, los escritos podrán presentarse de forma escrita o electrónica mediante el empleo de las tecnologías de la información, dado que con esto se contribuye al acceso de toda petición que se formule ante el PJF. El uso de herramientas tecnológicas permite la aplicabilidad de este medio jurisdiccional creando así la figura del Juicio de Amparo en Línea.

La operatividad de los juicios orales en materia familiar tiene como base las legislaciones adjetivas locales de nuestro país. Dichas legislaciones han impulsado la implementación de los juicios orales o la integración en cierta medida de la oralidad a su proceso tradicional, para resolver más eficientemente este tipo de asuntos.

Este nuevo modelo de impartición de justicia tiene como objetivo primordial lograr que ésta sea aplicada de manera pronta y expedita, respetando en todo momento los principios propios del Estado de Derecho, así como las formalidades esenciales del procedimiento.

Como una respuesta a las necesidades de acceso a la justicia e igualdad se estable un Seminario teórico – práctico, en el que se establezcan los parámetros necesarios para la incorporación de la perspectiva de género en diversos procedimientos judiciales y de esta manera contribuir a la divulgación del quehacer del Alto Tribunal para garantizar el goce y ejercicio pleno de los Derechos Humanos.

En cumplimiento al mandato constitucional y con la necesidad de consolidar un estado de derecho, es oportuno conocer el contenido y alcance del artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y su relación con los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual enfatiza que en todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, donde garantiza de manera plena sus derechos y acceso a la justicia.

Resulta de vital importancia que el aparato judicial adopte medidas necesarias para incorporar a la perspectiva de género en las labores de acceso a la justicia y de esta manera proteger los derechos de las mujeres contra todas las formas de discriminación. Esto implica la justiciabilidad y el suministro de recursos jurídicos para las víctimas, así como la reparación del daño.

La operatividad del sistema de justicia en México es la base de la que parte la Reforma del 2008, en donde se modificó el sistema de incorporación, desahogo y valoración de pruebas, ya que con ello se busca un procedimiento eficaz y eficiente; así como que se respeten los principios que rigen al Sistema de Justica Penal Oral como lo establece el Código Nacional de Procedimientos Penales

De acuerdo con la reforma de junio de 2008 es importante que los operadores jurídicos del sistema de justicia conozcan sobre la importancia de las pruebas en el proceso del sistema acusatorio y oral, en función de lo establecido en el Código Nacional de Procedimientos Penales.